Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo comenzar a usar mi trastero y/o taquilla? Al momento de formalizar el contrato de alquiler (para ello necesitamos el DNI del usuario e IBAN donde realizar el cargo mensualmente). También será necesario registrar los códigos personales de armado de la alarma.

¿Cuándo se realizan los cobros? El primero cobro se gira una vez firmado el contrato (se carga la parte proporcional del mes a fecha de firma, así como la fianza correspondiente a un mes). Los siguientes cobros se realizan los primeros días de cada mes.

¿Qué ocurre si devuelvo un recibo? Si dicha devolución fuera atribuible al cliente, será a cargo del mismo un recargo del 10% de la cuota impagada a la fecha del vencimiento, que como mínimo será de 10-€ + IVA.

¿Cuándo puedo dejar de usar mi trastero y/o taquilla? Una vez abandones completamente el complejo (despejado el trastero y/o taquilla, entregada la llave de acceso y firmado el documento de resolución). Para ello tienes que comunicarnos a Geinor tu deseo de rescindir el contrato, quienes confirmaremos tu petición mediante correo electrónico (si nos llamas, te mandaremos un correo de confirmación de la solicitud. En caso de que nos mandes un correo, es importante que haya respuesta de confirmación por nuestra parte para confirmar la recepción de la solicitud).

¿Con cuánta antelación hay que comunicar que dejaré de usar mi trastero? El comunicado hay que realizarlo mediante un preaviso antes del día 15 del mes anterior al que desea resolver el contrato. Llegado el término del contrato, el cliente deberá firmar el documento de fin de contrato.